lunes, 5 de julio de 2010

Internas para todos

El gobierno nacional reglamentó la primera parte de la ley de Reforma política, que establece internas abiertas, simultáneas y obligatorias. A pesar de que todavía existen muchas dudas en cuanto a su implementación, el ministro del Interior, Florencio Randazzo, aseguró que las "primarias" se llevarán a cabo el 14 de agosto de 2011.
Un tema crucial es el de las alianzas. El ministro afirmó que todas las alianzas entre partidos deben ser definidas 60 días antes de la realización de las internas. De lo contrario, los partidos podrían desestimar el resultado de las internas mediante acuerdos ad-hoc con otras fuerzas.


Tomamos a Pág/12 para repasar el contenido de los decretos de reglamentación:

- El primer decreto activa la función de la Dirección Nacional Electoral a cargo de Tulio y del Consejo de Seguimiento de las elecciones primarias y generales que creó la ley. El Consejo está integrado por un representante de cada una de las listas que participen de las elecciones. Deberá reunirse con una frecuencia mínima de 15 días una vez que se convoque a elecciones, los integrantes deberán hacer un seguimiento de todo el proceso electoral y presentarán informes a la Dirección Nacional Electoral que deberá prestarle asistencia material y responder a todos los pedidos de información del Consejo. En los hechos, el decreto intenta ahuyentar el fantasma de una veeduría que quede a cargo exclusivamente del Ministerio del Interior, algo que la oposición cuestionaba.

- El segundo decreto reglamenta la transferencia electrónica de datos del Registro Nacional de Electores a la Justicia Nacional Electoral, un reclamo que venía haciendo la propia Justicia. Homologa el valor del padrón digital al padrón de papel. Además incorpora la figura del “elector ausente por desaparición forzada”, cuya confección estará a cargo de la Secretaría de Derechos Humanos y serán incorporados al final de los padrones del último domicilio, con los nombres “sombreados”.

- El tercer decreto en términos políticos es el más importante. Contempla dos aspectos. Por un lado, fija en 90 días hábiles el plazo para que los partidos políticos puedan regularizar su situación ante el requerimiento de la Justicia, un plazo que en los hechos extiende por 30 días el plazo original de “90 días” a secas establecidos en la ley. Por otro lado, resuelve reclamos centrales de los procesos de afiliación y desafiliación a los partidos políticos.

- Por último, el cuarto decreto se refiere al financiamiento de los partidos: autoriza a la Dirección Nacional Electoral a subvencionar a los partidos en los gastos de las cuentas corrientes del Banco de la Nación Argentina. Eso es porque la ley obliga a los partidos a abrir una cuenta en bancos oficiales. Hubo muchos pedidos de partidos exigiendo que se resolviera esa cuestión. Otro aspecto se refiere a las alianzas políticas: el decreto establece cómo organizar los términos financieros de las alianzas: o dividir los fondos de acuerdo a la cantidad de afiliados o con un porcentaje fijo de acuerdo a un consenso.

Fuente: http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-148640-2010-07-01.html

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